Modifican en Cuba regulaciones para migración interna
Cuba modificó las regulaciones migratorias internas hacia La Habana con el propósito de eliminar restricciones que limitaban la movilidad entre el resto de las provincias y la capital de la nación.
Las nuevas disposiciones transforman las existentes desde 1997, con las cuales se establecían los requisitos para domiciliarse, habitar o convivir con carácter permanente, o trasladar residencia a la urbe.
Según las normativas, firmadas por el presidente cubano, Raúl Castro, y publicadas en la Gaceta Oficial número 39, aún se mantienen las condiciones para la adopción de las regulaciones anteriores, recogidas en el decreto 217.
Pese a esa situación, señala el documento, resulta aconsejable exceptuar de la tramitación a determinadas personas provenientes de otras zonas del país que soliciten su traslado permanente hacia La Habana.
La capital de la Mayor de las Antillas cuenta con una población de casi tres millones de habitantes, entre pobladores habituales y visitantes nacionales y foráneos.
Esposos, hijos, padres, abuelos, nietos y hermanos de titulares de viviendas en la capital, los hijos menores de edad del cónyuge no titular y las personas declaradas jurídicamente incapaces, están exentos de cumplir los requisitos legales para el traslado.