La promulgación de la Ley de Reforma Agraria
Дата:
15/05/2014
Источник:
Periódico Juventud Rebelde
Автор:
A pesar de las campañas contrarrevolucionarias tendentes a confundir y dividir al pueblo, la Revolución Cubana prosiguió su marcha inexorable. El 17 de mayo de 1959, el Consejo de Ministros del Gobierno Revolucionario se reunió en la antigua Comandancia General del Ejército Rebelde en La Plata, Sierra Maestra, para firmar la Ley de Reforma Agraria. Antes de su puesta en vigor, la dirección política de la Revolución, encabezada por el Comandante en Jefe Fidel Castro, desplegó una amplia divulgación por los medios masivos de difusión sobre la necesidad y alcance de la ley agraria, con el objetivo de lograr la comprensión y el apoyo incondicional de la población.
El contenido revolucionario de la ley puede sintetizarse en los siguientes puntos:
Primero: Estableció el límite máximo de la propiedad privada sobre la tierra en 402 hectáreas (30 caballerías), cantidad permisible a una persona natural o jurídica. Las cuantías que sobrepasaran esos límites fueron expropiadas por el Estado. La ley hizo una excepción para las grandes unidades que empleaban métodos intensivos de explotación y fijó sus límites en 1 340 hectáreas (cien caballerías).
Dos factores fundamentaban el número de caballerías en poder de una persona natural o jurídica. Uno, el carácter predominante extensivo de la agricultura cubana, con la excepción de algunos cultivos, en primer lugar el tabaco, donde la tierra estaba cultivada totalmente. Y dos, la Revolución Cubana en fecha tan temprana —mediados de 1959— no había traspasado los marcos de un proceso democrático-popular y antimperialista. Dicho con otras palabras, aún por su contenido no podía catalogarse como una revolución socialista.
Segundo: Posibilitó el acceso gratuito a la propiedad de la tierra a todo aquel que la trabajara y no fuera dueño de ella. La donación gratuita alcanzó hasta 27 hectáreas (dos caballerías), con derecho a adquirir 40,2 hectáreas hasta totalizar, por donación y compra, 67 hectáreas (cinco caballerías). Para determinar el mínimo vital (27 hectáreas) se tomó como modelo una familia campesina compuesta por cinco miembros bajo las condiciones de tierra fértil, sin regadío, alejadas de los centros urbanos y dedicados a cultivos de rendimiento medio. La ley estableció que este patrimonio familiar era inembargable e inalienable y solo podía ser heredado por un miembro de la familia o vendido al Estado.
Tercero: Instituyó la creación de granjas del pueblo y cooperativas cañeras en los latifundios expropiados, con lo cual se evitó la fragmentación de estas grandes unidades y su repercusión negativa en la producción agropecuaria. En la liquidación de la propiedad latifundista, la Revolución Cubana se apartó en lo esencial del método clásico de la repartición de tierras entre campesinos y obreros agrícolas, lo que constituyó una particularidad de su política agraria.
Cuarto: Fijó la indemnización a los propietarios expropiados mediante Bonos de la Reforma Agraria, amortizables en 20 años y con un interés del 4,5 por ciento anual. De esta forma, el Estado cubano resolvió la imposibilidad de una compensación inmediata de las propiedades afectadas, principal obstáculo colocado por los latifundistas nacionales y el imperialismo estadounidense a la aplicación práctica de la Ley de Reforma Agraria.
Quinto: Prohibió el arrendamiento o cualquier otra forma que contemplara el pago de renta por la tierra.
Sexto: Estipuló que los sucesivos traspasos de tierra solo podrían efectuarse a favor de ciudadanos cubanos y prohibió su adquisición por personas o sociedades extranjeras, con lo que se garantizaba el rescate de la soberanía nacional sobre las tierras del país.
Con la promulgación de la ley agraria de mayo de 1959, la Revolución puso en práctica la primera medida que afectó con rigor la estructura socioeconómica neocolonial del país, ya que fueron expropiados los dueños de los grandes latifundios. Esto constituyó un contundente golpe contra los intereses de los terratenientes nacionales y de las compañías estadounidenses, en manos de las cuales se encontraban las mejores tierras de Cuba.
Los afectados directamente no tardaron en levantarse y sus ataques contra la ley agraria fueron más abiertos y violentos. El 11 de junio de 1959, el Gobierno Revolucionario recibía una nota de la Secretaría de Estado de EE.UU. que expresaba, entre otras cosas:
«El texto de la ley agraria de Cuba causa grave preocupación al Gobierno de Estados Unidos con respecto a las suficiencias de las estipulaciones sobre compensaciones a sus ciudadanos cuya propiedad puede ser objeto de expropiación.
«Muchos de estos intereses americanos han formado parte de la economía cubana durante largo período de tiempo. Ellos han contribuido al progreso y la expansión de esa economía. (…) merecen ser tratados con consideración por constituir factores constructivos actualmente y potencialmente en la expansión de la economía cubana (…)»1.
La respuesta del Gobierno Revolucionario no se hizo esperar. En ella se afirmaba que la decisión de cómo organizar la economía solo correspondía a los cubanos. La nota de la Cancillería no solo rechazaba con firmeza la postura injerencista de EE.UU., sino que puso de manifiesto, una vez más, que los tiempos en que la Casa Blanca imponía sus dictados a la isla caribeña habían terminado. No cabían dudas a nadie de que la Revolución Cubana estaba decidida a aplicar consecuentemente una verdadera reforma agraria.
Por otra parte, el pueblo, bajo la consigna «La Reforma Agraria va», se movilizó a lo largo de todo el país y dio pruebas fehacientes de su respaldo incondicional a la medida revolucionaria. La ley tuvo general aceptación en las filas obreras. Ello se evidenció no solo a través del apoyo combativo de los trabajadores, sino también por la campaña de recaudación de fondos para ayudar económicamente al Gobierno. También el campesinado se mostró entusiasmado ante la Ley de Reforma Agraria, ya que significaba el fin de la explotación de que era víctima por parte de los latifundistas nacionales y extranjeros y convertía en realidad un sueño anhelado durante largos años: ser dueños de la tierra que trabajaban.
La Ley de Reforma Agraria del 17 de mayo de 1959 y su puesta en vigor agudizó la lucha en Cuba. Los campos de enfrentamiento clasista se definieron con mayor nitidez: por una parte, los que estaban a favor del avance y profundización del proceso revolucionario, y por otra, los que pensaban que no se debía seguir adelante. La Revolución Cubana entraba con rapidez en una etapa caracterizada por el choque directo contra los intereses extranjeros y de la burguesía nativa, ligada indisolublemente a los monopolios estadounidenses.
1 Revista Bohemia (25), 21 junio de 1959, p. 76.
*Investigador Auxiliar en la Oficina de Asuntos Históricos del Consejo de Estado, institución donde dirige el proyecto de investigación: El INRA como mecanismo ejecutor del programa revolucionario (1959-1961).
El contenido revolucionario de la ley puede sintetizarse en los siguientes puntos:
Primero: Estableció el límite máximo de la propiedad privada sobre la tierra en 402 hectáreas (30 caballerías), cantidad permisible a una persona natural o jurídica. Las cuantías que sobrepasaran esos límites fueron expropiadas por el Estado. La ley hizo una excepción para las grandes unidades que empleaban métodos intensivos de explotación y fijó sus límites en 1 340 hectáreas (cien caballerías).
Dos factores fundamentaban el número de caballerías en poder de una persona natural o jurídica. Uno, el carácter predominante extensivo de la agricultura cubana, con la excepción de algunos cultivos, en primer lugar el tabaco, donde la tierra estaba cultivada totalmente. Y dos, la Revolución Cubana en fecha tan temprana —mediados de 1959— no había traspasado los marcos de un proceso democrático-popular y antimperialista. Dicho con otras palabras, aún por su contenido no podía catalogarse como una revolución socialista.
Segundo: Posibilitó el acceso gratuito a la propiedad de la tierra a todo aquel que la trabajara y no fuera dueño de ella. La donación gratuita alcanzó hasta 27 hectáreas (dos caballerías), con derecho a adquirir 40,2 hectáreas hasta totalizar, por donación y compra, 67 hectáreas (cinco caballerías). Para determinar el mínimo vital (27 hectáreas) se tomó como modelo una familia campesina compuesta por cinco miembros bajo las condiciones de tierra fértil, sin regadío, alejadas de los centros urbanos y dedicados a cultivos de rendimiento medio. La ley estableció que este patrimonio familiar era inembargable e inalienable y solo podía ser heredado por un miembro de la familia o vendido al Estado.
Tercero: Instituyó la creación de granjas del pueblo y cooperativas cañeras en los latifundios expropiados, con lo cual se evitó la fragmentación de estas grandes unidades y su repercusión negativa en la producción agropecuaria. En la liquidación de la propiedad latifundista, la Revolución Cubana se apartó en lo esencial del método clásico de la repartición de tierras entre campesinos y obreros agrícolas, lo que constituyó una particularidad de su política agraria.
Cuarto: Fijó la indemnización a los propietarios expropiados mediante Bonos de la Reforma Agraria, amortizables en 20 años y con un interés del 4,5 por ciento anual. De esta forma, el Estado cubano resolvió la imposibilidad de una compensación inmediata de las propiedades afectadas, principal obstáculo colocado por los latifundistas nacionales y el imperialismo estadounidense a la aplicación práctica de la Ley de Reforma Agraria.
Quinto: Prohibió el arrendamiento o cualquier otra forma que contemplara el pago de renta por la tierra.
Sexto: Estipuló que los sucesivos traspasos de tierra solo podrían efectuarse a favor de ciudadanos cubanos y prohibió su adquisición por personas o sociedades extranjeras, con lo que se garantizaba el rescate de la soberanía nacional sobre las tierras del país.
Con la promulgación de la ley agraria de mayo de 1959, la Revolución puso en práctica la primera medida que afectó con rigor la estructura socioeconómica neocolonial del país, ya que fueron expropiados los dueños de los grandes latifundios. Esto constituyó un contundente golpe contra los intereses de los terratenientes nacionales y de las compañías estadounidenses, en manos de las cuales se encontraban las mejores tierras de Cuba.
Los afectados directamente no tardaron en levantarse y sus ataques contra la ley agraria fueron más abiertos y violentos. El 11 de junio de 1959, el Gobierno Revolucionario recibía una nota de la Secretaría de Estado de EE.UU. que expresaba, entre otras cosas:
«El texto de la ley agraria de Cuba causa grave preocupación al Gobierno de Estados Unidos con respecto a las suficiencias de las estipulaciones sobre compensaciones a sus ciudadanos cuya propiedad puede ser objeto de expropiación.
«Muchos de estos intereses americanos han formado parte de la economía cubana durante largo período de tiempo. Ellos han contribuido al progreso y la expansión de esa economía. (…) merecen ser tratados con consideración por constituir factores constructivos actualmente y potencialmente en la expansión de la economía cubana (…)»1.
La respuesta del Gobierno Revolucionario no se hizo esperar. En ella se afirmaba que la decisión de cómo organizar la economía solo correspondía a los cubanos. La nota de la Cancillería no solo rechazaba con firmeza la postura injerencista de EE.UU., sino que puso de manifiesto, una vez más, que los tiempos en que la Casa Blanca imponía sus dictados a la isla caribeña habían terminado. No cabían dudas a nadie de que la Revolución Cubana estaba decidida a aplicar consecuentemente una verdadera reforma agraria.
Por otra parte, el pueblo, bajo la consigna «La Reforma Agraria va», se movilizó a lo largo de todo el país y dio pruebas fehacientes de su respaldo incondicional a la medida revolucionaria. La ley tuvo general aceptación en las filas obreras. Ello se evidenció no solo a través del apoyo combativo de los trabajadores, sino también por la campaña de recaudación de fondos para ayudar económicamente al Gobierno. También el campesinado se mostró entusiasmado ante la Ley de Reforma Agraria, ya que significaba el fin de la explotación de que era víctima por parte de los latifundistas nacionales y extranjeros y convertía en realidad un sueño anhelado durante largos años: ser dueños de la tierra que trabajaban.
La Ley de Reforma Agraria del 17 de mayo de 1959 y su puesta en vigor agudizó la lucha en Cuba. Los campos de enfrentamiento clasista se definieron con mayor nitidez: por una parte, los que estaban a favor del avance y profundización del proceso revolucionario, y por otra, los que pensaban que no se debía seguir adelante. La Revolución Cubana entraba con rapidez en una etapa caracterizada por el choque directo contra los intereses extranjeros y de la burguesía nativa, ligada indisolublemente a los monopolios estadounidenses.
1 Revista Bohemia (25), 21 junio de 1959, p. 76.
*Investigador Auxiliar en la Oficina de Asuntos Históricos del Consejo de Estado, institución donde dirige el proyecto de investigación: El INRA como mecanismo ejecutor del programa revolucionario (1959-1961).